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El Gobierno promulgó la ley de emergencia económica: rige el nuevo dólar "solidario" y otras medidas
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El Gobierno promulgó la ley de emergencia económica: rige el nuevo dólar "solidario" y otras medidas

La publicación generó expectativa durante toda la jornada y finalmente, ocurrió pasadas las 17.30.
 
Tras la demora en la oficialización del paquete de medidas de Alberto Fernández, el Gobierno publicó esta tarde en el Boletín la ley de emergencia económica con "veto parcial", en un ítem referido a los alcances de las contribuciones patronales, tal como habían anticipado fuentes gubernamentales.
 
Luego de que el Congreso le diera un tratamiento exprés y sancionara la ley el sábado a la madrugada, se esperaba que hoy la ley de solidaridad social y reactivación productiva fuera promulgada por el Poder Ejecutivo durante la madrugada. Pero eso no ocurrió y la publicación se estiró hasta pasadas las 17.30.
 
"Era la demora, por el tema de la moratoria. Era solo para las pymes y no para grandes empresas", explicaron las fuentes. Otra fuente oficial precisó que las demoras se debieron a que revisaban dos puntos: uno vinculado con los derechos de exportación y el otro con el alcance de las contribuciones patronales.
 
La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
 
La emergencia fue promulgada esta tarde por el presidente Alberto Fernández y publicada en el Boletín Oficial. Así, las medidas rigen desde hoy.
 
Ejes principales
 
Tarifas y deudas: Prevé la reestructuración general del cuadro tarifario del sistema energético con "criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva", y establece "planes de regularización de deudas" para pymes".
 
Jubilaciones: Suspende la aplicación de la movilidad jubilatoria por 180 días y aplica un nuevo régimen de calculo. Alega fines "redistributivos y solidarios".
 
Compras en dólares: Grava con el 30% la compra de dólares para atesoramiento, las compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, las compras a través de sitios que facturen en dólares, compra de servicios en el exterior y compra de pasajes al exterior.
 
Bienes Personales: Aumenta los porcentajes de las alícuotas y las lleva al nivel de 2015 y duplica el cargo cuando los bienes se encuentran en el extranjero.
 
Vehículos: Se reemplazará el sistema de alícuota única para autos, motos, embarcaciones y aeronaves.



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