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La verdadera historia del Sistema Electoral
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La verdadera historia del Sistema Electoral

La falta de racionalidad y de equilibrio emocional del sempiterno candidato opositor y sus acólitos ponen al descubierto la supina ignorancia que profesan y los golpes de efecto con lo cual pretenden manipular la opinión pública.La verdadera historia es que el ejercicio recalcitrante por parte de la minoría parlamentaria impidió el debate en el seno de la comisión de Asuntos Constitucionales y por ende elevar el tratamiento al recinto parlamentario. Para corregir la obturación de este debate se amplió la participación en la comisión.


La falta de racionalidad y de equilibrio emocional del sempiterno candidato opositor y sus acólitos ponen al descubierto la supina ignorancia que profesan y los golpes de efecto con lo cual pretenden manipular la opinión pública.

La historia argentina reconoce en el peronismo un verdadero impulsor de la ampliación de los derechos ciudadanos, desde los derechos del pueblo trabajador, pasando por la niñez, la ancianidad, la educación, la salud, la justicia y principalmente el derecho al voto.

Antes del peronismo los chaqueños y chaqueñas no podrían votar para elegir presidente. Gracias a la ley 14037 impulsada por Perón y Evita somos provincia y podemos elegir a nuestro/a Presidente/a de la República. También gracias a Evita las mujeres pueden votar por imperio de la ley 13010 sancionada el 23 de septiembre de 1947.

Los partidos políticos fueron siempre autónomos para elegir a sus candidatos. En nuestra provincia, desde el año 1973 el código electoral habilita el uso de las colectoras que fue suprimido por ley 6309 en el año 2009 cuando los actuales opositores detentaban la mayoría legislativa.

La evolución de las leyes electorales de nuestra provincia puede circunscribirse a la ley 1186 del año 1973 que adhiere al código electoral nacional (ley 19945 del 14/11/1972 en plena dictadura militar de Lanusse).

Luego esta ley 1186 fue reemplazada por la ley 4169 promulgada el 5/6/1995 que por el nuevo digesto jurídico se reemplaza por ley 834-Q.

En 1983 el PJ elegía sus candidatos por Congreso. Luego por internas partidarias cerradas, es decir, con el voto de sus afiliados. Luego en el año 1987 se abren las internas partidarias abiertas en donde podían votar los afiliados al partido y los electores independientes no afiliados al resto de los partidos políticos reconocidos por la justicia con competencia electoral.

En el año 2001 por Congreso Partidario se votó la paridad de género en la representación política y garantizamos un piso del 25% para las minorías con sistema de distribución Dhont.

Siempre fuimos innovadores en la representación política, en la participación democrática y en la representación de las minorías. }

También la UCR tiene una tradición histórica en 1890, 1893 y 1905 para lograr la ampliación el voto calificado a la ley Sáenz Peña que permitió elegir a Hipólito Yrigoyen presidente de la República el 2 de abril de 1916.

Pero las primarias abiertas, obligatorias y simultáneas por lo menos exigen una reformulación y de ningún modo define una elección.

El sistema electoral no define una elección. Macri en 2019 suspendió el financiamiento de las PASO y modificó el artículo 158 del Código Electoral en pleno año de elección. Durante el año 2001 cuando gobernaban el país no transfirieron los recursos a los partidos opositores. El Gobernador Capitanich ganó todas las elecciones con el voto popular con internas abiertas, sin internas abiertas, con colectoras, sin colectoras, con PASO y sin PASO.

Fueron nuestros actuales opositores los que usaron a su antojo las colectoras en el año 2003 y ganaron. Pero perdieron las elecciones en el año 2007 y decidieron eliminarlas en el año 2009 -pleno año electoral haciendo uso y abuso de su mayoría circunstancial.

El devenir del tiempo y el uso del sistema para elegir candidatos en los partidos, frentes y alianzas permite extraer conclusiones a los efectos de hacer las modificaciones que sean mejores para lograr la participación democrática de la ciudadanía.

Las PASO se distorsiona cuando en vez de promover participación las disminuye, y en vez de fidelizar la participación de un frente, alianza o coaliciones mediante un sistema de adhesión voluntaria las extiende a toda la ciudadanía. Hoy las PASO son centralizadas, sin debates regionales tanto en el país como en la provincia. La mayoría de los candidatos no conoce la realidad de toda la provincia, son candidatos de las redes y del marketing electoral alejados de la ciudadanía.

La decisión de suspender las PASO tiene que ver con el ahorro fiscal equivalente a más de 1300 M de pesos que permitirá atender la emergencia por sequía de 600 cisternas y perforaciones, o 300 soluciones habitacionales o 90 cuadras de pavimento urbano, o 10 escuelas.

Por lo demás, las PASO no definen ningún resultado electoral ni tampoco impide la participación democrática de la ciudadanía que puede expresarse a través de los partidos, frentes o alianzas electorales.

La verdadera historia es que el ejercicio recalcitrante por parte de la minoría parlamentaria impidió el debate en el seno de la comisión de asuntos constitucionales y por ende elevar el tratamiento al recinto parlamentario. Para corregir la obturación de este debate por parte de la minoría se amplió la participación en la comisión con dictamen preferente a los efectos de lograr el tratamiento parlamentario.

Por lo demás, siempre lo hacen. Votan el contra de todo. Votaron en contra del presupuesto 2023 después de asumir el compromiso de votarlo. Cuando se eligen autoridades de la Cámara de Diputados jamás respetaron el voto popular.

Cuando tuvieron la posibilidad de mejorar la calidad institucional mediante la reforma constitucional ni siquiera aceptaron el diálogo institucional para formular observaciones.

De manera que cuando esto ocurre, la única manera de gobernar es ejerciendo el mandato de la mayoría del pueblo haciendo lo mejor para defender sus intereses.

Es lo que hemos hecho, garantizar la participación de la ciudadanía ahorrando recursos fiscales y ampliando la participación popular. Quien quiera participar puede inscribir su nombre y su boleta y nadie podrá impedirlo. El monopolio de la representación política por artículo 38 de la CN corresponde a los partidos, pero al mismo tiempo es un derecho inalienable de los ciudadanos.


*Claudia Panzardi - Diputada provincial del Frente de Todos Chaco.



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