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ATECH rechaza “el proyecto de ley para derogar la licencia 318 m”
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ATECH rechaza “el proyecto de ley para derogar la licencia 318 m”

La ATECH rechaza el proyecto de ley 1274/20 para derogar la licencia 318 m y ratifica el proyecto 4828/19 presentado a la Cámara por el sindicato.


“La licencia en cuestión (318m) debería tener costo cero para el Estado si la cartera educativa se dignara a dejar la ineficiencia y la ineptitud de lado para elaborar y extender las certificaciones en tiempo y forma a los docentes solicitantes, evitando tantos tragos amargos a los educadores chaqueños a quienes les ha tocado peregrinar por años, enfermando y hasta falleciendo muchos de ellos sin haber podido jubilarse”, sostuvo el sindicato a través de un comunicado.


Esa línea, reclamaron a “legisladores no se derogue la licencia 318 m, y se trate y apruebe la licencia propuesta en el proyecto 4828/19 en pos de los derechos nunca respetados como se merecen, de los trabajadores de la educación de la Provincia”.


A continuación el comunicado completo:

Habiendo tomado conocimiento recientemente del flamante Proyecto de Ley N° 1274/20 ingresado a la Legislatura el 26 de agosto último,-de autoría del diputado Juan Carlos Ayala- perteneciente al bloque del oficialismo-, por el que se impulsa la derogación de la licencia 318 m) se hace un deber RECHAZAR de manera categórica la iniciativa planteada por el diputado Ayala, que nadie puede dudar a esta altura de las circunstancias con la política que lleva adelante el Gobierno y en particular la cartera educativa, se enmarca exclusivamente en el plan de ajuste feroz que llevan adelante para con los derechos de los trabajadores de la educación, como para cada uno de los alumnos chaqueños, sistemáticamente denunciado por esta Entidad Gremial. Licencia que fuera propuesta oportunamente por la A.T.E.CH. a la Cámara de Diputados, para resolver el grave problema generado por el Estado para con los docentes que reuniendo los requisitos de ley solicitaren su certificación de servicios y aportes al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y éste no se la extendiere dentro de los sesenta (60) días de dicha solicitud pudieran usufructuar de una licencia extraordinaria con goce íntegro de haberes hasta 48 horas posteriores a la notificación ministerial de la existencia de su certificación-,


Claramente ha subrayado la A.T.E.CH. en su iniciativa original, que la licencia en cuestión (318m) debería tener costo cero para el Estado si la cartera educativa se dignara a dejar la ineficiencia y la ineptitud de lado para elaborar y extender las certificaciones en tiempo y forma a los docentes solicitantes, evitando tantos tragos amargos a los educadores chaqueños a quienes les ha tocado peregrinar por años, enfermando y hasta falleciendo muchos de ellos sin haber podido jubilarse.


La A.T.E.CH. desestima además los fundamentos del proyecto que rechaza, toda vez que se falta a la verdad cuando se expone que con el sistema de jubilación "on line" implementado por el Decreto 1312/19, ya "se ha salvado" la situación por la que surgiera la 318 m). Recordamos desde la A.T.E.CH. que ni bien surgiera el decreto mencionado, para la implementación del trámite vía on line de jubilación, la Entidad ha mantenido una reunión con autoridades del área correspondiente del InSSSeP, donde claramente ha quedado corroborado que el Organismo Previsional en modo alguno suple la facultad y el deber del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. Una vez que el InSSSeP comunica a la cartera educativa el pedido de baja del docente con su jubilación en trámite vía on line, ésta debe ratificar -o no- el cómputo -en base indefectiblemente a la certificación de servicios del docente-, generándose allí nuevamente la demora para el trámite. O sea que, el Ministerio debe trabajar como siempre debió hacerlo en tiempo y forma con el legajo del docente y las certificaciones de servicios de los docentes, -y de allí las interminables demoras- ¿De dónde va surgir si el docente tiene la cantidad de años frente a alumnos exigida por la ley jubilatoria?. Del mismo modo que tiene el deber el Ministerio de recepcionar las solicitudes de certificaciones de servicios y de aportes a todos los docentes que optan por pedirlas al mismo, y de extenderlas dentro de los sesenta días, no hay licencia a usufructuar!


ATECH RATIFICA EL PROYECTO DE LEY 4828/19

Por otra parte la A.T.E.CH. ratifica el proyecto de autoría de la Entidad, que fuera tomado por el diputado Daniel Trabalón el año pasado y que lleva el número 4828/19 -en poder de la Legislatura- y que surgiera precisamente por la demora antes denunciada generada por el Ministerio de Educación, aún en el sistema "on line" de jubilación, para que a aquellos docentes que tengan su trámite jubilatorio ante el InSSSeP -lo hayan iniciado por el Ministerio o a través del sistema on line-, y dentro de los sesenta (60) días no tuvieren el otorgamiento del beneficio y hasta el otorgamiento de la jubilación por parte del Organismo previsional -sea por la ordinaria, por edad avanzada o por incapacidad- puedan usufructuar una licencia extraordinaria con goce íntegro de haberes, proponiendo incorporar un nuevo inciso al artículo 318; subrayando la Entidad que, tanto la licencia 318 m), como la propuesta en el proyecto 4828/19, deberían tener costo cero para el Estado, si el Ministerio de Educación extendiera las certificaciones de servicios y aportes a los docentes que las solicitan reuniendo los requisitos de ley para jubilarse, como de otorgárseles en tiempo y forma desde el Organismo previsional el beneficio jubilatorio.


Por último, la A.T.E.CH. reclama a los señores legisladores no se derogue la licencia 318 m, y se trate y apruebe la licencia propuesta en el proyecto 4828/19 en pos de los derechos nunca respetados como se merecen, de los trabajadores de la educación de la Provincia.


Diario Chaco


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