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ATP INFORMA VENCIMIENTO DEL IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL
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ATP INFORMA VENCIMIENTO DEL IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

Además, se informa a los contribuyentes que está disponible hasta el 20 de septiembre la bonificación del 30% por el pago al contado del Impuesto Inmobiliario Rural.


La Administración Tributaria Provincial estableció los plazos para abonar el Impuesto Inmobiliario Rural del año 2024, trabajado en conjunto con el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Dirección Provincial de Catastro.
El Impuesto Inmobiliario es aquel que grava la tenencia de la tierra, de manera anual, conforme al Código Tributario Provincial y Ley Tarifaria Provincial.

El organismo, también recuerda que están eximidos del pago del Impuesto Inmobiliario Rural correspondiente al año 2024 a todos los contribuyentes que posean inmuebles que no superen las 500 hectáreas en su conjunto.

Mediante la Resolución General N 2024-28-20-1 se establece que el Impuesto Inmobiliario Rural correspondiente al año 2024 se abonará de acuerdo a las disposiciones del título I de la Ley Tarifaria Provincial N° 299-F, de acuerdo a los vencimientos que se indican a continuación:

a) Pago total contado, con bonificación del 30 % conforme Art. 21 de la ley 3898-F:
CUOTA CONTADO           VENCIMIENTO
I.I. RURAL BONIFICADO     20/09/2024

Para acceder a la Bonificación Especial del treinta por ciento (30%) por cancelación anticipada del monto anual del Impuesto Inmobiliario Rural del corriente período fiscal serán condiciones:

i. tener regularizadas las deudas provenientes del Impuesto Inmobiliario Rural, de los períodos anteriores no prescriptos, a la fecha de usufructuar el beneficio;
ii. generar la boleta de pago del Impuesto Inmobiliario Rural bonificado – Formulario SI Nº 2802, con la incorporación del concepto de la Bonificación especial, a través de la página web www.atp.chaco.gob.ar, a la que accederá mediante su Clave Fiscal desde la opción “Boleta inmobiliario” del menú “Inmobiliario”;
iii. abonar el impuesto anual del Impuesto Inmobiliario Rural bonificado correspondiente al año 2024 hasta el 20/09/2024.

b)   Si el saldo del impuesto anual 2024 es inferior o igual a pesos ochocientos ($ 800):
CUOTA ÚNICA                         VENCIMIENTO
IMPUESTO MÍNIMO   23/09/2024

c) Si el saldo del impuesto anual 2024 es superior a pesos ochocientos ($ 800) y menor a pesos cinco mil ($ 5.000)
CUOTA ÚNICA                     VENCIMIENTO
I. I. RURAL                             23/09/2024

d) Si el saldo del impuesto anual 2024 es igual o superior a pesos cinco mil ($ 5.000) y menor o igual a pesos diez mil ($ 10.000):
CUOTA     PORCENTAJE       VENCIMIENTO
PRIMERA       Cincuenta por ciento (50%)     23/09/2024
SEGUNDA     Cincuenta por ciento (50%)     21/10/2024

e) Si el saldo del impuesto anual 2024 es superior a pesos diez mil ($ 10.000):
CUOTA       PORCENTAJE       VENCIMIENTO
PRIMERA       Veinte por ciento (20%)     23/09/2024
SEGUNDA       Veinte por ciento (20%)     21/10/2024
TERCERA       Treinta por ciento (30%)     20/11/2024
CUARTA       Treinta por ciento (30%)     20/12/2024


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