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Caso Cecilia: aclaraciones de la justicia federal sobre elecciones PASO
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Caso Cecilia: aclaraciones de la justicia federal sobre elecciones PASO

La jueza Zunilda Niremperger explicó en detalle el caso particular ocurrido el 13 de agosto pasado y sentenció que Cecilia aparece en el padrón de la Mesa “pero no para votar, sino quitado el troquel y puesto un sello de anulado”. A su vez, las fuerzas de seguridad provincial aseguraron que los siete detenidos no votaron el 18 de junio ni votarán el 17 de septiembre.


El Juzgado Federal con Competencia Electoral, a cargo de la doctora Zunilda Niremperger, valoró el interés de los medios de comunicación en difundir noticias importantes a la ciudadanía y aclaró que en las elecciones PASO del 13 de agosto pasado, Cecilia Strzyzowski “aparece en el padrón de la Mesa pero no para votar, sino quitado el troquel y puesto un sello de anulado”. “Figura en el padrón porque no existe comunicación del Registro Nacional de las Personas para que se pueda dar la baja como fallecida. Pero se ha quitado el troquel y se ha puesto sello de anulado; por lo tanto nadie podría haber votado en su nombre”, destacó la magistrada.


Por otro lado, autoridades de las fuerzas de seguridad de la provincia del Chaco aseguraron que los siete detenidos por el supuesto femicidio “no votaron en las PASO provinciales y tampoco lo harán en las elecciones generales” del próximo 17 de septiembre.


PASO Nacionales


La Agencia FOCO se presentó ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral y pudo corroborar las explicaciones de la jueza Niremperger.

 

En diálogo con la Agencia FOCO, Niremperger comentó que cuando se realiza una consulta en el Registro de Infractores al deber de votar, aparece una leyenda al inicio que dice “RECUERDE que la condición de [NO INFRACTOR] no implica que el elector haya emitido su sufragio”. A su vez y ante cualquier duda, convocó a la ciudadanía a concurrir al Juzgado Federal con Competencia Electoral de Chaco - Secretaría Electoral, cuyas “puertas están abiertas para exhibir los padrones originales de cada mesa de votación, donde se podrá constatar si una persona ha votado o no lo ha efectuado en la documentación de la mesa”.


“Cuando entras en la página y se constatan los datos personales de un elector, el título no infractor no significa que el titular de ese DNI o el ciudadano haya emitido su voto. El no infractor significa que no incumplió con la normativa, pero puede ser por varios motivos”, amplió la jueza federal. Y especificó: “En el caso particular, lo que ocurrió es que en el lugar que corresponde al nombre de Cecilia Strzyzowski, no estaba el troquel en el lugar de ella. O sea que directamente se lo quita antes del momento de la elección”.


“Ella aparece, pero no para votar, sino quitado el troquel y puesto un sello de anulado. ¿Por qué? Porque sólo se quita del padrón a las personas que estén fallecidas, cuya baja haya sido comunicada por el Registro Nacional de las Personas. No tenemos constancia de que ella está fallecida, sino que está desaparecida con presunción de fallecimiento hasta el día de hoy; cuya constancia tampoco tenemos. No obstante, habiendo sido de conocimiento público tal situación, lo que hicimos fue quitar el troquel correspondiente al lugar donde ella debía votar y ponerle un sello de anulado, que es para aquellos votantes que -por ejemplo-, pertenecen a un padrón pero tienen que votar en otros lugares como son las Fuerzas de Seguridad o el Comando Electoral”, explicó en detalle. Y concluyó: “Entonces se pone anulado y se le quita el troquel, por lo tanto no puede votar nadie ahí”.


Más información: https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=pfbid0NS2nxK3NdrCYNDFctpVbj6oAjZ1DqY2EpqikbrXRGcQgMCgqypteUe5K6MaunE6xl&id=100065940272037&mibextid=Nif5oz


Los detenidos no votan en las elecciones provinciales

“La Ley Electoral de la Provincia excluye a las personas privadas de su libertad de votar. Por lo tanto, los detenidos por el caso Strzyzowski no votaron en las PASO provinciales y tampoco lo harán en las elecciones generales”, explicaron este viernes autoridades de las fuerzas de seguridad provincial.


De acuerdo con el artículo 3 de la Ley Electoral 834-Q, quedan excluidas del derecho al voto las personas privadas de su libertad, condenadas e imputadas. Entre ellas, también "los dementes declarados tales en juicio y aquellos que, aun cuando no lo hubieran sido, se encuentren recluidos en establecimientos públicos".


La prohibición se extiende a “los sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito; los detenidos por orden de juez competente mientras no recuperen su libertad; y los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.


En el caso de los detenidos por el caso Strzyzowski, la jefa del Servicio Penitenciario Provincial, Erika Maidana, confirmó que César Sena no votará en las elecciones generales provinciales y recordó que tampoco lo hizo en las PASO provinciales de junio pasado. Por otra parte, el jefe de prensa de la Policía del Chaco, Alejandro Domínguez, afirmó que, tal como lo establece la Ley Electoral, los otros seis detenidos que se encuentran alojados en comisarías y aunque figuran en el padrón provincial electoral ninguno de ellos acudió a votar en las PASO provinciales celebradas el 18 de junio y tampoco lo hará en las elecciones generales de este domingo 17.




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